sábado, 10 de julio de 2010

Farmacodinamia de los cannabinoides

Pablo A. Ascolani


Receptores Cannabinoides.

Dos tipos de receptores cannabinoides (CB1 y CB2) han sido claramente identificados y ambos son miembros de la superfamilia de receptores acoplados a proteína G. El receptors CB1, fue clonado por primera vez en 1990, se expresa primariamente en el cerebro y la médula espinal. La distribución es heterogénea con mayores densidades en los ganglios basales, el hipocampo y el cerebelo, con comparativamente menos receptores en el tallo encefálico. Los receptores CB1 son los receptores acoplados a proteína G más abundantes del cerebro. Al estar acoplados de forma predominante a proteínas G inhibitorias, su activación inhibe ciertos canales de entrada de calcio, activan canales de salida de potasio y activan varias proteínas activadas por mitógeno, (MAP) kinasas. Esto úlitmo se relaciona con la modulación de la plasticidad sináptica, migración celular, y remodelación de neuritas. Los receptores CB1 se localizan en las terminales de neuronas periféricas y centrales. Generalmente su activación hiperpolariza las neuronas e inhibe la liberación de neurotransmisores exitatorios.

El receptor CB2, clonado por primera vez en 1993 es predominantemente expresado en células del sistema inmune y hematopoyético pero también está presente en las células no parenquimatosas del hígado, páncreas endócrino y hueso. Algunos receptores CB2 también son funcionalmente expresados en el SNC, en microglias. La activación del receptor CB2 altera la liberación de citoquinas del sistema inmune y participa en la regulación de la función inmune.



Endocannabinoides:

Paralelamente al descubrimiento de los receptores cannabinoides, fueron identificadas sustancias endógenas que son ligandos naturales, es decir que se unen y activan estos receptores (endocannabinoides). Los dos mejor caracterizados son la araquidonoiletanolamina (AEA o anandamida) y el 2-araquidonoilglicerol (2-AG), pero hay otros supuestos endocannabinoides. En contraste con los neurotransmisores convencionales, los endocannabinoides no son almacenados en vesículas, se producen a demanda por medio de un clivaje de lípidos precursores de membrana y luego son liberados. Una vez formados en la terminal post-sináptica en respuesta a la actividad o liberación de neurotransmisores de la terminal pre-sináptica, los endocannabinoides actúan como mensajeros retrógrados, difundiendo a través de la sinapsis y señalizando a la neurona pre-sináptica a disminuir la actividad o liberación de neurotransmisores. Estos efectos están implicados en la modulación de la plasticidad sináptica tanto a corto como a largo plazo, eventos integrales al remodelamiento de las redes sinápticas del SNC, así como fundamentales en procesos como el aprendizaje y la memoria.

Investigaciones llevadas a cabo en nuestro país, en la Universidad de Córdoba, demuestran que el sistema endocannabinoide puede ser modulado por la ingesta de ácidos grasos poliinsaturados ya que dichos ácidos son precursores de los endocannabinoides.

Se reconocen actualmente 4 tipos:

Arachidonoiletanolamina (anandamida o AEA)

Fue identificada en 1992 en el laboratorio de Raphael Mechoulam. Se deriva del ácido araquidónico. Tiene una potencia similar al THC sobre el RCB1, más allá de que su estructura química sea diferente, y se encuentra en casi todos los tejidos de una amplia gama de animales. Es agonista parcial del RCB2 y agonista del receptor vainilloide 1 (TRPV1)

La AEA se produce mediante la hidróilsis, catalizada por la fosfolipasa D, de un precursor fosfolipídico presente en la membrana celular, el N-araquidonilfosfatidiletanolamina. Este compuesto sirve como depósito de almacenaje para la AEA que va a ser sintetizada y liberada en el momento en que exista una necesidad de la misma. La vida media de la AEA es muy corta ya que es recaptada rápidamente por un transportador de gran afinidad, denominado ANT, aún no caracterizado molecularmente.



2-araquidonoilglicerol (2-AG)

Se une tanto al RCB1 como al RCB2 con similar afinidad, actuando como agonista pleno en ambos. Está presente en concentraciones significativamente más altas en el cerebro que la AEA.

La ruta de síntesis del 2-AG posiblemente sea una lipasa que convierte el diacilglicerol en este endocannabinoide. Luego es recaptada por el mismo transportador de AEA y degradado por la actuación de una monoacilglicerol lipasa.

2-araquidonilglicerileter (noladín éter)

Fue aislado en 2001 este tercer tipo de endocannabinoide del cerebro porcino. Se une primariamente al RCB1 y débilmente al RCB2, causando sedación, hipotermia y antinocicepción suave en ratones.

N-araquidonoildopamina (NADA)

Se une preferentemente a RCB1, y como la AEA es agonista del receptor vainilloide 1 (TRPV1)

O-araquinoiletanolamina (OAE)

Es una agonista pleno de RCB2 y parcial de RCB1 siendo antagonista in vivo.



Función de los endocannabinoides

Son parte del sistema cannabinoide endógeno de comunicación intercelular. Se diferencian ampliamente de los neurotrasmisores monoamínicos como la acetilcolina y la dopamina. No se almacenan en vesículas ya que son moléculas lipídicas con baja solubilidad en agua. Existen como parte integral de las bicapas lipídicas de las célula, sintetizándose “a demanda”. A nivel del sistema nervioso sirven como señal retrógrada.

Señalización retrógrada

Los neurotrasmisores clásicos se liberan de la terminal presináptica a la postsináptica donde activan los receptores apropiados, designando los lados de una sinapsis que envía y que recibe respectivamente. Los endocannabinoides en el sistema nervioso son trasmisores retrógrados, viajando en contra del flujo usual sináptico. Se liberan de la célula postsináptica y actúan en la presináptica hiperpolarizándola. Sus sitios de acción donde los RCB están densamente concentrados en las terminales axonales en las zonas desde donde son liberados los neurotrasmisores convencionales. El SCE permite que la célula postsináptica controle el propio tráfico sináptico ingresante. Por ello el efecto último sobre la célula que libera los cannabinoides va a depender de la naturaleza del neurotransmisor convencional que está siendo controlado. Si es una terminal gabaérgica va a haber un incremento en la exitabilidad de la célula postsináptica que produce los cannabinoides. Al contrario, si es una vía glutamatérgica, el efecto neto va a ser de reducción de la excitabilidad de la célula póstsináptica liberadora de cannabinoides.

Como son moléculas hidrofóbicas no pueden viajar largas distancias en un medio acuoso que rodea las células de las que son liberados, y actúan localmente en células vecinas.



Bibliografía:

- Janet E. Joy, Stanley J. Watson, Jr., and John A. Benson, Jr., Editores. Marijuana and Medicine: Assessing the Science Base, Institute Of Medicine, National Academy Press Washington, D.C. 1999.

-Sociedad Española de Investigación sobre Cannabinoides (SEIC), Guía Básica sobre los Cannabinoides, Ministerio del Interior, Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, España, Julio 2002.

- American Medical Asociation, REPORT 3 OF THE COUNCIL ON SCIENCE AND PUBLIC HEALTH (I-09) Use of Cannabis for Medicinal Purposes (Resolutions 910, I-08; 921, I-08; and 229, A-09)

-Dain A, Repossi G, Das UN, Eynard AR, Role of PUFAs, the precursors of endocannabinoids, in human obesity and type 2 diabetes. Front Biosci (Elite Ed). 2010 Jun 1;2:1432-47.

domingo, 4 de julio de 2010

Clasificación y química de los cannabinoides.

Pablo A. Ascolani



En función de su estructura química, la amplia variedad de moléculas que se comportan como agonistas de los receptores cannabinoides se pueden dividir en cannabinoides clásicos, no clásicos, aminoalquilindoles y eicosanoides.


Bajo esta clasificación los cannabinoides cásicos serían los botánicos, y los análogos dronabinol, nabilona, HU-210 y HU-243.

Los cannabinoides no clásicos son los análogos bicíclicos y tricíclicos del delta-9-THC que carecen de anillo pirano. El principal representante es el CP55,940, que se utilizó para demostrar la existencia de receptores específicos para cannabinoides en el cerebro de rata. Otros cannabinodes no clásicos son el levonantradol y desacetilevonantradol.

El tercer grupo de compuestos cannabimiméticos son los aminoalquilindoles, cuyo principal representante es el WIN 55.212-2. Su estructura proviene de la pravadolina y difiere de los compuestos antes mencionados.

La última familia de moléculas con actividad cannabimimética se ha desarrollado a partir de los cannabinoides endógenos. Ellas se describirán en el apartado sobre la biología del sistema cannabinoides endógeno. Comprende una serie de compuestos derivados del ácido araquidónico, cuyo principal representante es la araquidoniletanolamida.



Una de las clasificaciones de los cannabinoides los divide en tres tipos, en función de su origen:

Los fitocannabinoides, grupo de compuestos terpenoides que se producen como metabolitos secundarios en el Cannabis Sativa L.

Los cannabinoides endógenos o endocannabinoides: se producen naturalmente en el sistema nervioso e inmune de los animales.

Cannabinoides sintéticos, grupo de sustancias que están relacionadas estructuralmente al tetrahidrocannabinol o que se acoplan a los receptores cannabinoides.



Fitocannabinoides:

Los fitocannabinoides, pertenecientes al grupo de los cannabinoides clásicos, sólo se conoce que ocurren naturalmente en la planta de cannabis, concentrados en una resina viscosa que se produce en estructuras glándulares llamadas tricomas. Esta resina es rica también en terpenos, que son responsables en gran medida por el perfume de la planta.

La combinación de cannabinoides, terpenoides y terpenos en las variedades de cannabis exhiben una gran variabilidad. La cría selectiva se ha usado para controlar la genética de las plantas modificando su perfil de cannabinoides. Por ejemplo, las variedades comúnmente utilizadas para fibra, llamada vulgarmente cáñamo, son bajas en compuestos psicoactivos como el THC. Las variedades medicinales normalmente se seleccionan para que tengan un contenido alto de CBD, y variedades usadas para fines recreativos son seleccionadas con un alto contenido de THC o un balance químico preciso.

El análisis cuantitativo del perfil de cannabinoides se determina por cromatografía de gases preferentemente en combinación con un espectrómetro de masa. La cromatografía líquida es posible, pero es semi-cuantitativa o cualitativa.

Los fitocannabinoides son casi insolubles en agua pero solubles en lípidos, alcoholes, y otros solventes no polares. Suelen tener una estructura carbocíclica de 21 carbonos y están formados por tres anillos, ciclohexeno, tetrahidropirano y beceno.

La producción biosintética de los cannabinoides empieza cuando una enzima causa la combinación de geranil pirofosfatasa con ácido olivetolico para formar Cannabigerol (CBG), que es independientemente convertido a CBD o CBC por dos sintasas. El CBD es ciclado enzimáticamente a THC.



Farmacocinética de los fitocannabinoides.

Absorción y distribución.

Cuando los preparados de la Cannabis sativa L. se consumen inhalados mediante vaporizadores o en forma de cigarrillos, la entrada del THC en sangre y la posterior distribución en tejidos son muy rápidas y presentan una cinética similar a la obtenida tras su administración intravenosa. La máxima concentración plasmática de THC se alcanza antes de que finalice el consumo del cigarrillo, entre los 3 y los 10 minutos. La biodisponibilidad es típicamente entre 10 y 25% dependiendo de la familiaridad con el método.

En Alemania se aprobó este año el primer inhalador médico de cannabinoides, la empresa Vapormed ha lanzado el primer inhalador médico de cannabinoides autorizado oficialmente, el vaporizador Volcano Medic. El sistema de vaporización Volcano Medic evapora y facilita la inhalación del dronabinol (THC) disuelto en alcohol y el de los cannabinoides de las flores de cannabis. En su comunicado de prensa del 2 de junio, la compañía señala que "el sistema de vaporización Volcano Medic resuelve dos problemas médico-técnico al mismo tiempo. Por un lado, permite por primera vez la inhalación terapéutica de un líquido, en este caso cannabinoides disueltos en alcohol. Por otro, se puede inhalar los cannabinoides directamente utilizando flores secas de cannabis. (...) En el sistema de vaporización Volcano Medic los cannabinoides son evaporados sólo por el impacto de calor. No ocurre combustión, como cuando se fuma. "Esto evita la formación de productos de combustión nocivos". Las principales ventajas de la inhalación de los cannabinoides en comparación con la administración oral es la fácil dosificación con la consiguiente disminución de efectos adversos en comparación con la vía oral. "La disponibilidad del Volcano Medic en los demás países dependerá de la autorización en cada uno de ellos de cannabinoides vaporizables y de flores de cannabis", afirmó la compañía.



La ingestión de los cannabinoides por vía oral da lugar a unos niveles plasmáticos

de THC inicialmente más bajos que cuando se toma por inhalación. Por vía oral su biodisponibilidad se ve reducida por su sensibilidad a la acidez del jugo gástrico, por el metabolismo hepático e intestinal, así como por su acceso a la circulación enterohepática. Produce niveles plasmáticos mucho mas erráticos que los observados después de fumar, con picos de concentración detectable en plasma entre 1 y 6 horas variando ampliamente la biodisponibilidad.

Solo un 3% del THC presente en sangre esta en forma libre. Dada su elevada

hidrofobicidad se une a diferentes componentes plasmáticos. Un 9% está unido a las células sanguíneas. Otro 60% a las lipoproteínas plasmáticas y el resto a albúmina. Esta misma propiedad explica su rápida penetración en los tejidos, sobre todo en aquellos que están altamente vascularizados: pulmón, hígado, riñón, corazón, estomago, bazo, tejido adiposo marrón, placenta, corteza adrenal, tiroides, pituitaria y glándula mamaria. Posteriormente pasa al tejido adiposo, que junto con el bazo son sus principales depósitos tres días después de su ingesta. La droga puede tardar varias semanas en ser totalmente eliminada tras el cese de su administración. Su retención en estos reservorios hidrofóbicos amortigua la penetración del

THC en el cerebro, donde su concentración y la de sus metabolitos es más baja (suele

ser un 1% de la concentración plasmática máxima)

El THC y su metabolito, el 11-hidroxi-THC (11-OH-THC) son los que en mayor

proporción se acumulan en los tejidos. Una parte del THC aparece conjugada con ácidos grasos, sobre todo en la fase final del almacenamiento. La paulatina liberación del THC, desde estos almacenes tisulares a la sangre, enlentece la caída de los niveles plasmáticos de este compuesto, tras el cese de su administración. Esto prolonga su presencia en sangre y la posterior entrada al cerebro, lo que podría explicar las dificultades para identificar un síndrome de abstinencia a esta droga, tras la suspensión de su administración.





Eliminación de fitocannabinoides: metabolismo y excreción.



En hombres y animales, se identifican más de 100 metabolitos, siendo el 11-hidroxi-THC (11-OH-THC) y el THC-11 oico (THC-COOH) los metabolitos dominantes. La mayor parte de la biotransformación ocurre en el hígado, aunque también puede producirse en otros órganos como el pulmón y el intestino.

La primera enzima que actúa en el catabolismo del THC es el citocromo P-450 por medio de la CYP2C9, CYP2C19 y la CYP3A4 que lo oxida a derivados mono- di- o trihidroxilados.

La primera hidroxilación suele producirse en el hígado a 11-OH-THC. Este compuesto puede oxidarse al ácido THC-11-oico (THC-11-COOH) o volver a hidroxilarse. En el segundo caso se convierte en 8,11-dihidroxi-delta 9-THC, que puede ser hidroxilado en la cadena lateral. Estos compuestos hidroxilados son transformados, posteriormente, en otros metabolitos más polares, por rotura de la cadena lateral y oxidación al correspondiente ácido carboxílico. Los metabolitos de los cannabinoides son eliminados en forma de ácidos libres o conjugados con glucurónico. Estos últimos se almacenan en el cuerpo durante períodos relativamente prolongados de tiempo y pueden llegar a ser detectados en la orina varias semanas después del consumo de los cannabinoides.

La excreción del THC se produce mediante sus metabolitos en heces primariamente 11-OH-THC (un 68%) o en orina (12%) donde se detecta la presencia de 11-OH-THC y hay una elevada concentración de ácido THC-11 -oico, ambos en forma libre o conjugada con ácido glucurónico. También, aunque en menor medida, se elimina a través del pelo, la saliva y el sudor.




Se han aislado al menos 66 cannabinoides de la planta de cannabis. Tetrahidrocannabinol, (THC) cannabidiol (CBD) y cannabinol (CBN) son los cannabinoides botánicos mas prevalentes y se han estudiado mas.

Tetrahidrocannabinol:

Es el principal componente psicoactivo de la planta y tiene diferentes cualidades terapéuticas comprobadas y supuestas. Tiene una afinidad aproximadamente igual entre el RCB1 y el RCB2. Tiene un pKa de 10.6, con muy alta solubilidad en lípidos y muy baja en agua, se adhiere al vidrio, difunde en el plástico y es degradado por la luz, el calor, los ácidos y la oxidación.

Cannabidiol:

Uno de los compuestos más comunes de la planta cannabis, sobre todo en su estadío temprano de floración es el Cannabidiol (CBD). No es psicoactivo, y ejerce una acción moduladora sobre el THC, el más psicoactivo de los cannabinoides, disminuyendo su psicoactividad.

Hay numerosas investigaciones pre clínicas que mostraron efectos antiepilépticos, sedativos. ansiolíticos, antipsicóticos, anti-inflamatorios, anti-oxidantes y neuropotectivos. Estos estudios han sugerido un amplio rango de posibles efectos terapéuticos del cannabidiol en numerosas condiciones, pero todavía aguardan a ser confirmados por ensayos clínicos.

Se ha demostrado que actúa como agonista sobre los receptores 5-HT1A relacionándose con sus efectos antidepresivos y ansiolíticos.

A principios de los 90 se investigó y confirmó la actividad antipsicótica del cannabidiol en animales. Recientes estudios clínicos y pre-clínicos sugieren que el CBD es un efectivo, seguro y bien tolerado tratamiento alternativo para pacientes esquizofrénicos. Su eficacia sería comparable al haloperidol o la olanzapina, antipsicóticos de uso común. En otro se mostró igual de eficaz que el amisulprid, pero con menor incidencia de efectos secundarios. Abría menos reportes de síntomas esquisotípicos entre fumadores de cannabis con una alta relación CBD/THC

Cannabinol

Es el producto principal de la degradación del THC por acción del aire y luz. Es levemente psicoactivo. La afinidad por el RCB2 es mayor que por RCB1, con una afinidad mas baja que el THC.



Cannabinoides sintéticos o patentados

Históricamente, la síntesis en laboratorio de los cannabinoides se basó en la estructura de los cannabinoides botánicos, y un gran número de análogos se han producido y testeado. Los nuevos compuestos ya no están relacionados a los cannabinoides botánicos y se basan en la estructura de los endocannabinoides. La farmacocinética de los compuestos sintéticos o patentados es muy similar a la de los cannabinoides botánicos y no se explicita para cada droga o formulación.

Las combinaciones comerciales conteniendo cannabinoides sintéticos y naturales son:

Dronabinol

Dronabinol es el ingrediente activo de las cápsulas de MARINOL, un sucedáneo sintético del THC. Es una resina amarilla clara, pegajosa a temperatura ambiente, endureciendo con el frío. Es insoluble en agua y formulado en aceite de sésamo. Tiene un pKa de 10.6 y el coeficiente de partición de octanol-agua: 6,000:1 a pH 7. Las cápsulas blandas de gelatina para administración oral de marinol contienen 2,5 mg o 10 mg. Está aprobado para la caquexia/anorexia por VIH y las nauseas por quimioperapia.

Nabilona

Es un cannabinoide con utilidad terapéutica como antiemético.

En Canada, Estados Unidos, Reino Unido, México y Argentina se comercializa con la marca de fantasía Cesamet. Fue aprobado en 1985 por la FDA para el tratamiento de la nausea y vómitos inducidos por quimioterapia que no responden a los antieméticos convencionales, o para tratar las llamadas “nauseas tardías”. Se comenzó a comercializar en Estados Unidos en 2006, cuando se aprobó para el uso en el tratamiento de la anorexia de pacientes con VIH.

Como indicación of-label (excepto en México donde se incluye en el prospecto) es ampliamente utilizada como terapia adyuvante el manejo del dolor crónico.



Sativex



Sativex es un spray orofaríngeo desarrollado por GWpharmaceuticals para los pacientes con esclerosis múltiple, para aliviar el dolor neuropático, la espasticidad, los espasmos vesicales y otros síntomas neurológicos, actualmente en fase III, aunque se comercializa en Canadá, el Reino unido y algunos países de Europa.

Esta aprobado en Canadá como tratamiento adyuvante para el alivio sintomático del dolor neuropático en esclerosis múltiple, y recientemente por dolor causado por cáncer.

Se diferencia de otros cannabinoides producidos farmacéuticamente actualmente disponibles porque se deriva de material botánico. Esta estandarizado en composición, formulación y dosis. Los principales cannabinoides son el THC y CBD. La administración del spray orofaríngeo libera una dosis fija de 2.7 mg de THC y 2.5 mg CBD.

Sativex a recibido permiso de la FDA para entrar directamente a la última parte de la fase III en Estados Unidos. Se esta evaluando en ensayos doble ciego, randomizado, controlado con placebo su eficacia en aliviar el dolor, disminuir la utilización de medicación opioide, mejorando la calidad del sueño y otros aspectos relevantes de la calidad de vida.

En los ensayos clínicos el sativex fue generalmente bien tolerado.



Cannador

Es una cápsula conteniendo un extracto completo de la planta, con contenido estandarizado de THC y CBD en cantidades controladas para que permanezcan en un estrecho margen de relación THC:CBD de 2:1. Se ha probado en varios ensayos clínicos para la espasticidad, espasmos y dolor asociado a esclerosis múltiple y anorexia/caquexia en pacientes con cáncer.





- Gonzalez, Martin, Grant, Marijuana. Neuropsychology and Substance Use, Psychology Press.


- Janet E. Joy, Stanley J. Watson, Jr., and John A. Benson, Jr., Editores. Marijuana and Medicine: Assessing the Science Base, Institute Of Medicine, National Academy Press Washington, D.C. 1999.


-Sociedad Española de Investigación sobre Cannabinoides (SEIC), Guía Básica sobre los Cannabinoides, Ministerio del Interior, Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, España, Julio 2002.

-Cannabidiol: from an inactive cannabinoid to a drug with wide spectrum of action.Rev Bras Psiquiatr. 2008 Sep;30(3):271-80. PMID: 18833429

-Zanelati T, Biojone C, Moreira F, Guimarães F, Joca S (December 2009). "Antidepressant-like effects of cannabidiol in mice: possible involvement of 5-HT receptors". British Journal of Pharmacology. do

-Campos AC, Guimarães FS (August 2008). "Involvement of 5HT1A receptors in the anxiolytic-like effects of cannabidiol injected into the dorsolateral periaqueductal gray of rats". Psychopharmacology 199 (2):

-A.W.Zuardi, et al, Effects of Cannabidiol in Animal Model Predective of Antipsychotic activity, Psychopharmacology 1991.


-A.W. Zuardi, Cannabidiol, a Cannabis sativa constituent, as an antipsychotic drug, Brazilian Journal of Medical and Biological Research, Abr 2006.

-D Koethe, F Schulze-Lutter, The endocannabinoid modulator cannabidiol as an antipsychotic, Pharmacopsychiatry 2005.

-Morgan CJ, Curran HV (April 2008). "Effects of cannabidiol on schizophrenia-like symptoms in people who use cannabis". The British journal of psychiatry : the journal of mental science 192 (4): 306–7. doi:10.1192/bjp.bp.107.046649. PMID 18378995.

jueves, 1 de julio de 2010

Políticas de drogas y cannabis medicinal: Coyuntura local y mundial.

Pablo A. Ascolani

Las políticas de drogas prohibicionistas impulsadas por Estados Unidos lo han situado como poseedor del control político-militar hegemónico, pero no han solucionado los daños que acarrea el abuso de drogas. De acuerdo a los resultados, estas políticas han amplificado los daños causados por las drogas resultando inefectivas y contraproducentes , además de haber obstaculizando la investigación científica.

En 1970 se aprobó en Estados Unidos el Comprehensive Drug Abuse and Control Act, comúnmente referido como Acta de Control de Sustancias, que posteriormente se hizo extensivo a la mayor parte del globo. Se clasificó las sustancias en 5 categorías o listas que imponen varias restricciones al acceso a las drogas bajo la dirección de la DEA en E.E.U.U. u organismo correspondiente en cada país.

Las drogas colocadas en la Lista I tienen a) alto potencial de abuso b) no tienen uso médico aceptado en USA c) hay ausencia de seguridad en el uso bajo supervisión médica.

El cannabis fue situado en esta lista, pero pese a ello, en los últimos veinte años y debido a los adelantos técnicos en el aislamiento y estudio de proteínas específicas, se han producido notables descubrimientos en relación al llamado “sistema cannabinoide endógeno”. Esto fue sentando las bases teóricas del potencial de los cannabinoides como medicamento, poniendo en evidencia la increíble falacia que supone colocar el cannabis sativa en la lista I.

Actualmente esta clasificación se está revisando en diferentes países. En Alemania el comité de expertos en drogas recomendó la reclasificación del cannabis con fines terapéuticos en la Ley de Estupefacientes del anexo I al II de dicha ley si "está destinada a la elaboración de preparados con fines terapéuticos". Además, el comité recomendó añadir en el anexo III de la ley de estupefacientes la siguiente opción: "Extracto de cannabis (extracto obtenido de la planta perteneciente a la especie de cannabis y de sus distintas partes)" y sólo "en forma de preparado autorizado como medicamento."

La nueva clasificación del cannabis en el anexo II lo capacita para la fabricación de preparados con fines terapéuticos, lo que hace que pueda ser comercializado y que las farmacias puedan manejarlo sin tener que contar con un permiso especial. Hasta ahora las que querían vender cannabis para uso terapéutico, importado de los Países Bajos, tenían que solicitar permiso para poder hacerlo. La inclusión del extracto de cannabis en el anexo III de la ley de narcóticos se establece ante la prevista aprobación del Sativex, extracto de cannabis de la compañía británica GW Pharmaceuticals. Si bien hasta la fecha no se han expedido, el gobierno federal sigue las recomendaciones de este comité de expertos.

En parte de Europa, Canadá, y 14 estados de USA se indica como estimulante del apetito, contra los vómitos y náuseas como efectos secundarios de la quimioterapia, la radioterapia y la medicación antirretroviral en Cáncer y VIH/SIDA. También en Esclerosis múltiple y problemas de médula espinal, contra el dolor crónico de origen nervioso, espasmos musculares y otras sintomas neurológicos.

Son varios los documentos emitidos por Instituciones de máxima jerarquía que declaran al cannabis como una medicina eficaz y de elevada seguridad en sus usos vigentes. Entre ellos se pueden citar el documento emitido por el Comité de Ciencia y Técnica del Parlamento del Reino Unido (The House of the Lords), El Insituto Catalán de Farmacología, el reporte del del Ministerio de Salud de Bélgica, El reporte del Senado de Canadá. En noviembre del 2009 la AMA, primera asociación médica de Estados Unidos se sumó al pedido del Colegio Médico Americano, segunda asociación en importancia (ACP), reclamando el traspaso del cannabis de la lista I a la lista II y III de sustancias controladas, para facilitar la investigación clínica. El documento de la AMA declara “Los resultados de estos ensayos indican que fumar marihuana reduce el dolor neuropático, mejora el apetito y la ingesta calórica (…) y puede aliviar el dolor y la espasticidad en pacientes con esclerósis múltiple (…) el hecho de que es común el uso espurio del cannabis, esto no obvia su potencial para desarrollo de productos medicinales. Muchos productos farmacéuticos usados para el alivio del dolor, como paliativos e inductores del sueño tienen toxicidades agudas más serias que la marihuana, incluyendo la muerte.”

La ACP declara “…los efectos adversos del uso de marihuana están dentro del rango de efectos tolerados para otras medicaciones.”, concluyendo “La evidencia no solo soporta el uso médico de la marihuana en ciertas condiciones sino que también sugiere numerosas indicaciones para los cannabinoides…”.

En el estado de California, EE.UU., los ciudadanos decidirán sobre la legalización del cannabis, según dijeron las autoridades el pasado 24 de marzo, ya que será incluida la cuestión en el próximo referendo de noviembre. Se habrían obtenido las firmas suficientes para incluir la iniciativa que permitiría a las personas de más de 21 años poseer hasta una onza (28’5 gramos) de cannabis para uso personal, además de regular la producción, distribución y venta, que seguiría las regulaciones que ya se están aplicando para el cannabis medicinal, con más de 2000 dispensarios abiertos a la fecha en el estado. Las encuestas indican que la mayoría de los votantes de California están a favor de legalización. Chris Lehane, uno de los responsables de la iniciativa, dijo que los votantes "ya aceptan" que el cannabis es de uso común.



En Argentina existe un fallo unánime de la Honorable Corte Suprema de Justicia que despenaliza la tenencia para consumo, pero no hay referencias en el mismo al uso médico.

Por primera vez, en marzo del 2006, la Justicia argentina consideró que la posesión de cannabis para consumo personal podría estar justificada cuando se trata de un uso terapéutico. El fallo fue emitido por la sala II de la Cámara Federal y revocó el procesamiento de una mujer en cuya casa se encontraron, durante un allanamiento, marihuana en el dormitorio. La acusada adujo que utilizaba la droga para paliar los intensos dolores y el insomnio producidos por una enfermedad de columna, pero el argumento no fue atendido por la jueza que actuó en primera instancia, quien la procesó por tenencia simple. Más tarde los camaristas dictaron la falta de mérito y ordenaron a la jueza que prosiga la investigación, con nuevas pericias forenses y el estudio de la historia clínica. “Corresponde analizar –dice la sentencia– si la imputada al tiempo del hecho sufría una dolencia física de tal magnitud que, dada su particular situación tanto económica como personal, la haya colocado en la necesidad de sobrellevarla mediante el consumo de los estupefacientes que le fueran secuestrados, de modo que esa tenencia pueda reputarse justificada.”

La acusada admitió que consumía ocasionalmente marihuana para calmar los dolores que le provocaba una dolencia de columna y poder dormir, ya que presentaba intolerancia gástrica a los analgésicos antiinflamatorios. Aclaró que lo hacía en la privacidad de su habitación y que había comprado la cantidad secuestrada para que le durara aproximadamente un año. La defensa estuvo centrada en el derecho a la salud. Se presentaron certificados médicos de las especialistas que atendieron a la imputada. La doctora Inés Becu explicó que la acusada “presenta marcada cifoescoliosis cervicotoracicolumbar, dolor a la palpación y/o percusión de apófisis espinosas cervicales y articulaciones de miembros superiores” y “un síndrome neuroosteoarticular degenerativo de columna vertebral con compresión de raíces nerviosas”, por lo que se la había derivado a neuroortopedia e indicado “medidas generales de sostén, no pudiendo indicarse analgésicos por la intolerancia gastrointestinal que la paciente presenta a los mismos”. En otro certificado, la psiquiatra Stella Maris Corominas sostuvo que la cronicidad del problema que presentaba la mujer –insomnio y anorexia secundarios a dolores articulares y musculares que interrumpen el sueño– la había llevado “a un cuadro de ansiedad de difícil tratamiento, ya que la paciente no tolera drogas analgésico-antiinflamatorias”.

Para abordar la cuestión del uso terapéutico de la marihuana fue requerida la opinión del doctor Rodolfo Rothlin, titular del Departamento de Farmacología de la Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires, quien confeccionó un informe incorporado al expediente donde establece que “el dronabinol o tetrahidrocannabinol, mayor metabolito activo de la planta cannabis sativa (marihuana) ha sido aprobado por la Food and Drugs Administration (FDA) de Estados Unidos para su uso en el tratamiento de la anorexia asociada con pérdida de peso en pacientes con sida y de las náuseas asociadas al tratamiento quimioterapéutico en pacientes con cáncer y que no respondían a los tratamientos convencionales”. Agregó que “existen otras condiciones en las cuales parecería tener beneficios, aunque no ha sido aprobado para esas patologías debido al hecho de que no existe suficiente evidencia clínica o los efectos adversos limitan su utilidad”. Entre ellos se menciona el “cuadro de dolor crónico”.

“El Estado debe reconocer a todos los individuos el derecho de paliar los efectos de sus enfermedades de la mejor manera posible –argumentó el defensor–, siempre y cuando no se vulneren derechos ajenos, con lo cual el hecho de reprimir penalmente la conducta de la nombrada resulta a todas luces desacertada e inconstitucional.” Por último, apeló también al derecho a la privacidad reconocido en el artículo 19 de la Constitución (Principio de Reserva)

Los integrantes de la sala II de la Cámara Federal –Horacio Cattani, Martín Irurzun y Eduardo Luraschi– discreparon con el abordaje de Servini de Cubría. En el fallo emitido el 9 de marzo, los camaristas consideraron que debió haberse profundizado en los argumentos que “surgen del descargo efectuado por la imputada y de otros elementos incorporados a la instrucción que apuntalan su versión, de los cuales se desprende la posible concurrencia de los presupuestos fácticos de una causa de justificación o de inculpabilidad que no ha sido tenida en cuenta hasta el momento, y merece ser considerada como una probable hipótesis desincriminatoria ya en esta etapa procesal, atento a la gravedad de la situación alegada”.

Por eso consideraron necesario analizar si, debido al dolor padecido y a la situación personal, la acusada se vio “en la necesidad de sobrellevarla mediante el consumo de los estupefacientes secuestrados”. Los jueces no se involucran en la controversia en torno de la efectividad del uso de marihuana con fines terapéuticos, sino que ponen el acento en el derecho de la acusada a priorizar la salud individual por sobre los bienes que dice proteger la ley. “Aun con los escasos elementos incorporados a la causa sobre la intensidad del padecimiento que debió soportar –sostienen– queda claro que –de confirmarse la gravedad de esta situación– en definitiva no podría reprochársele no haber sacrificado su salud individual para privilegiar el complejo de intereses por el que, se ha sostenido, se conminó con sanción penal la conducta que llevó a cabo, y en base al cual se intenta regular la tenencia de sustancias peligrosas para la salud pública castigando a todo aquel que se sustraiga al poder de policía de salubridad que ejerce el Estado.”

En base a esas consideraciones resolvieron en abril del 2007 sobreseer a la imputada porque entendieron que el solo hecho de que una sustancia le permita a una persona superar un estado de dolor o sufrimiento, representa un beneficio para la salud de esa persona, aunque no haya mediado la opinión de un médico en su prescripción, establecieron cuál es el límite entre el derecho a la salud individual y la preservación de la salud pública.

Se han presentado varios proyectos para la despenalización pero todavía no han debatido en el congreso. En la Cámara de Diputados están vigentes en la actualidad dos proyectos para despenalizar la tenencia y el consumo de marihuana.

Uno es de la diputada Diana Conti (FV-Buenos Aires), y otro del hoy ex legislador socialista Eduardo García (Córdoba). Además, Conti presentó una iniciativa para despenalizar la marihuana para uso terapéutico, en marzo de 2005, volviendo a presentarlo este año. En uno de los fundamentos de esta última iniciativa la legisladora explica: "Cabe destacar que el uso medicinal de la marihuana no debería ser castigado penalmente, ya que si bien la ley 23.737 penaliza la tenencia de drogas para consumo personal, el usuario se encontraría amparado por un estado de necesidad justificante debido a que provoca un mal menor para evitar un mal mayor". En otro de los puntos del proyecto se propone: "La aprobación de esta propuesta destinada a autorizar expresamente el uso de compuestos cannabinoides y químicos de tetrahidrocannabinol (THC) con fines medicinales y para la investigación de su posible eficacia como medicación terapéutica o de control de síntomas".



Ante esta situación irregular surgen diferentes interrogantes ¿Qué implicancias tienen sus usos terapéuticos vigentes y potenciales en la salud nacional y mundial? ¿Que aplicación clínica pueden tener los cannabinoides en nuestro medio y como ésta puede interaccionar con la rehabilitación y el hacer kinésico? ¿Que estructura institucional del estado es necesario implementar para producir y dispensar cannabis medicinal? ¿Qué conocimiento hay en el personal de salud al respecto? ¿Qué hay de los métodos alternativos de administración como la vaporización? Estas y muchas otras incógnitas buscarán respuesta en los años por venir.



Eugenio Zaffaroni, Antonio Escohotado, Silvia Inchaurraga y otros. Las drogas, entre el fracaso y los daños de la prohibición. Ed. CEADS-UNR/ARDA. Rosario 2003


News of the Federal Association of the Pharmaceutical Industry del 4 de mayo de 2010

http://www.upi.com/Top_News/US/2010/03/24/California-will-vote-on-legalizing-pot/UPI-14341269443356/

“Las acciones privadas de los hombres, que de ningún modo ofendan al orden y la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley ni privado de lo que ella no prohíbe”. Art. 19 de la Constitución Nacional Argentina.

http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-84301-2007-04-30.html

http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=806151