lunes, 10 de octubre de 2011

La prohibición de las drogas como obstáculo epistemológico


La prohibición de las drogas como obstáculo epistemológico.[1]

 Por Lic. Pablo A. Ascolani


 Introducción



Vivimos tiempos extraños. Un adagio de internet anuncia que estamos de regreso en la edad media: Una princesa se casa, un papa es canonizado y un moro es “matado”[2]… Una de las normativas que nos separan cualitativamente de sociedades de otras épocas –el imperio romano por ejemplo- son la conquista de los derechos humanos. Burlados hoy de forma constante por el sistema capitalista de mercado, la lucha por derechos humanos es uno de los grandes méritos locales. Fruto de la lucha de las organizaciones de DDHH, luego con el apoyo del Gobierno Nacional, se comenzó el juzgamiento de los crímenes del terrorismo de estado, al que se ha sumado con fuerza la diversidad sexual a través de diferentes medidas como el matrimonio igualitario. Pero la guerra contra las drogas está activa en Argentina, y sus dispositivos lesionan los estándares de derechos humanos.

Esta “guerra contra las drogas”, máxima expresión de las políticas de drogas prohibicionistas impulsadas por Estados Unidos, han situado a este país como poseedor del control político-militar hegemónico, pero no han solucionado los daños que acarrea el abuso de drogas. De acuerdo a los resultados, estas políticas han amplificado los daños causados por las drogas resultando inefectivas y contraproducentes, además de haber obstaculizando la investigación científica de las características epidemiológicas y farmacológicas de las drogas devenidas ilegales.

La relación simbólica de carácter negativo que existe entre el hombre y las drogas, que prevalece en nuestra sociedad, fue catalizada por estados Unidos a principios del siglo pasado, pero hunde sus raíces en los albores de la cultura humana, en el fin del matriarcado y triunfo del patriarcado. Este cambio de status quo primigenio rompió la relación del hombre con la naturaleza, las plantas y las modificaciones en la conciencia que se generan en su interacción. Esta relación que se despliega en la cultura está fundada en prejuicios y estereotipos, es funcional al poder establecido y reproduce situaciones de vulneración de los derechos humanos.

Esta contradictoria relación simbólica se expresa en diferentes hechos. Uno poco discutido y que me interesa introducir en este trabajo, es el lugar que ocupan en la cultura los psicodélicos tradicionales: amidas de ácido lisérgico, mescalina, psilocibina, DMT (incluido en la bebida amazónica ayahuasca) o el cannabis. Ellos han sido usados en contexto ritual en numerosas culturas, con objetivos religiosos y terapéuticos. También en occidente hubo extensivas investigaciones durante los 50`s y 60´s sobre su uso para tratar trastornos obsesivos compulsivos, alcoholismo, depresión, ansiedad en enfermos terminales, entre otras condiciones. A principios de los 70 debido a presiones políticas se abortó toda investigación científica sobre sus usos terapéuticos, aunque hoy se han reabierto y se está recomenzando la investigación científica.[3]

Los psicodélicos tradicionales o enteógenos[4] tienen escasa toxicidad, tanto sobre el sistema nervioso –no son neurotóxicas- como sobre el resto del organismo y márgenes de seguridad tan altos que no se registran muertes por toxicidad aguda de ninguna de estas sustancias. No producen dependencia, ni física ni psíquica. No producen síndrome de supresión, ni conductas de autoadministración. ¿Porque el imperio y las corporaciones persiguen estas sustancias con la venia de la de las instituciones y países involucrados en el sostén del status quo político-económico global? Una respuesta posible es que el uso de estas sustancias promueve valores morales y actitudes que no son bienvenidas en la sociedad de mercado capitalista. Se temen y sospechan determinados estados mentales que conducen a instancias de cuestionamiento.

Vivimos hoy un revival arcaico de uso de sustancias de uso tradicional. Más allá de que sean un fenómeno liminal en la cultura globalizada, creo que deben formar parte del debate por los DDHH. Los procesos culturales que las incluyen también son una cara del fantasma de las drogas, y comparando carga simbólica de la opinión pública, con su expresión y desarrollo real, vemos que es un fantasma con importante gravitación sobre la sociedad;  traen esperanza de cambio y amenazan lo establecido, al mismo tiempo. Estas drogas englobadas dentro de lo que Escohotado llama “sustancias de excursión psíquica” tienen un efecto cuestionador sobre el estado de las cosas; es uno de sus atributos arrojar a la persona al plano “del inclumplimiento inherente a nuestras vidas”. Este cuestionamiento es, en último término, sobre la naturaleza del ser y la realidad, pero en su escalada atraviesa toda organización y estructura humana. No es casual que uno de los momentos donde la cultura dio un paso amplio en relación a los derechos humanos y los movimientos sociales (raciales, ecologistas, de mujeres, de estudiantes, etc.) coincidió con la popularización y uso extensivo de LSD durante los 60 y 70. La “instancia de cuestionamiento” intenta ser disgregada por el individualismo del sistema capitalista, que ofrece consumo constante como distracción a los aspectos de la vida importantes, que requieren atención y expresan la profundidad de la existencia.

Por ello, el estado de las cosas en relación a las drogas hoy ilegales, no es a causa sólo del motivo económico del narcotráfico, o de dominio político-militar que habilita la guerra contra las drogas. Hay una disputa por una autonomía de conciencia reñida con los moldes estrechos del sistema.



Los casos



Los casos que serán analizados devienen de la pregunta disparadora sobre cómo afectaba la ley de drogas nuestra vida personal.

Hace varios años que trabajo con pacientes neurológicos adultos, y soy testigo todos los días de sus sufrimientos. Mi recorrido académico me llevó a conocer que los cannabinoides presentes en la planta de marihuana eran útiles para tratar muchos de sus padecimientos. Pienso que todos ellos son víctimas de esta ley de drogas que impide que se haga un uso racional de los medicamentos. Todos los días, pacientes que podrían verse beneficiados por el uso de cannabinoides se ven privados de esta medicina. La corporación médica local es un actor social permeado por la guerra contra las drogas, en particular desde el área toxicológica y psiquiátrica, y sus dispositivos en salud que acompañaron las leyes prohibicionistas.

Varias personas cercanas tuvieron problemas penales con las drogas, varias por estar consumiendo un cigarrillo de marihuana en la vía pública. Un caso más grave fue el de una pareja de amigos, personas religiosas, de intachable moral, y pertenecen a un culto sincrético moderno originario de Brasil llamado Santo Daime. Por un error de la policía allanaron su casa confundiéndolos con ladrones, buscando armas y dinero. No hallaron eso, pero sí 70 plantas de marihuana en diferente estadíos, que por estar en macetas eran perfectamente compatibles con el consumo de las tres personas adultas que vivían en esa casa. Él estuvo cuatro meses preso, cosa que trajo grave afectación psíquica a ella, heridas que todavía no cierran.

Trascendió en los medios hace unos meses el caso de William Vargas, un muchacho que por ser pobre y tener 7 pequeñas plantas y un poco de picadura de marihuana fue condenado a 3 años por “tenencia simple” un tipo penal que existe en nuestro país y revierte el principio de inocencia; es decir, la persona tiene que acreditar que la sustancia es para su consumo y no el juez probar que la tenía para venta. Esta aberración jurídica viene produciendo desastres sobre todo en la población joven y en riesgo social. En prisión Vargas fue torturado salvajemente por los penitenciarios por denunciar que uno de ellos le había roto los lentes a su madre. La secuencia de torturas fue grabada por uno de los penitenciarios, que perdió el celular y fue entregada a la justicia. Cuatro de ellos ahora están procesados. ¿Cuantos William Vargas existen y no hay registro de ello? Un caso más, de como el sistema va creando excluidos y los estigmatiza, criminaliza, tortura... ¿con que fin? ¿proteger bienes abstractos como la salud de la población en general?

La escritora Alicia Castilla, que conozco personalmente, estuvo presa cuatro meses en Uruguay por cultivar marihuana. Ella conoció la contradictoria e inesperada ferocidad charrúa en políticas de drogas; según su ley de drogas, el consumo personal está despenalizado, no así el autocultivo. El imperativo es; consuma tranquilo, pero no plante, cómprela en el mercado negro. Una contradicción más en el país que se niega a juzgar sus crímenes de lesa humanidad.

Matías Faray, un militante cannábico, estuvo preso dos semanas por cultivar marihuana. Su caso fue revulsivo, por ser una persona pública, que dirige una asociación de cultivadores y varias apariciones en televisión y medios gráficos mostrando su militancia. Nos conocimos personalmente en febrero, en la 3º coordinadora de asociaciones cannábicas, que se realizó en el marco del Foro del INADI de la red de usuarios de drogas y familiares (RADAUD). Matías es un militante por una nueva ley de drogas que respete los derechos de los usuarios. Fue allanado por la DDI de Morón, la misma que, curiosamente, tiene cuatro agentes detenidos por piratería del asfalto, robo de automotores y comercialización de drogas. La Jueza López Osornio que le dictó prisión preventiva a Matías, es la misma que en el 2002 le otorgó prisión domiciliaria al cura Julio César Grassi, ya con condena firme por pedófilo.

Al poco tiempo de la liberación de Matías, apresaron a otro cultivador, Pablo Aguirre. Con diez años de antigüedad como empleado del el ministerio de Educación, su caso trascendió por estar fuera de toda norma, con un juez invadiendo un fuero y encarcelándolo sin pruebas de que el joven cultivaba para vender. Tampoco que las plantas tuvieran THC, ya que no estaban maduras. La interacción de las redes sociales y la manifestación apasionada y entrañable de sus compañeros de trabajo –la mayoría de ellos legos en políticas de drogas, pero seguros de la ética, integridad e inocencia de su compañero - y los militantes cannábicos lograron la prisión domiciliaria, aunque no su sobreseimiento.



Implicaciones con los estándares de derechos humanos



En el caso de los pacientes que requerirían un tratamiento con cannabinoides y no lo reciben, claramente se está vulnerando el Artículo 25:

 “Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad”

En relación a los otros casos nombrados, si como parte de los derechos humanos entendemos las libertades y reivindicaciones relativas a bienes básicos inherentes a cada persona por el simple hecho de su condición humana para garantizar una vida digna, el autocultivo de cannabis es una viva expresión de ellos. ¿Qué derecho mas inalienable que el de poner una semilla, cultivarla y nutrirse con sus frutos? Pero quien maneja las plantas y sus frutos posee el poder, hoy en manos del narcotráfico y los nichos de corrupción en las instituciones; las políticas de drogas hegemónicas funcionan como una maquinaria que permite sostener el sistema capitalista y expandir su poder bélico. Para ello debe sostener otras instituciones con diferentes funciones, desinformativas, disuasorias, reclusivas. Su brazo punitivo remeda por impronta y métodos la santa inquisición y va deshilachando la trama social a su paso.

El resultado de las políticas de drogas prohibicionistas es un aumento del precio de las drogas ilegales, el enriquecimiento de las mafias y un cuantioso daño social, sobre todo para los más vulnerables socioeconómicamente.

Puntualmente los casos nombrados vulneran el Artículo 3:

“Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.”

Concretamente la ley de drogas vigente en Argentina 23.737, invierte el principio de inocencia, considerando culpable a la persona que posee drogas en su poder hasta que ésta demuestre lo contrario. Esto lesiona el Artículo 11:

“Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.”

En todos los casos nombrados, y viciando la misma ley de drogas que permite los allanamientos compulsivos, está la vulneración de vida privada y/o domicilio, el Artículo 12:

“Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.”

Obviamente, tener un cultivo personal de cannabis o drogas para el consumo propio sería imposible sin el artículo Artículo 17, que también se ve vulnerado por la ley actual:

“Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.

Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.”

El caso de William Vargas antes comentado, está reñido con el Artículo 5:

“Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.”

Pienso que uno de los principales y menos explorados derechos humanos vulnerados de los consumidores, asienta en el Artículo 18 y está ligado al uso de enteógenos:

“Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.”

Carlos Gaviria, siendo juez de la corte suprema de colombia, despenalizó el consumo personal de drogas bajo el argumento del libre desarrollo de la personalidad. La criminalización del uso de drogas vulnera de este modo el Artículo 22

“Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.”

En el caso de Matías Faray, siendo este un militante cannábico, y de Alicia Castilla, por ser autora de libros sobre el tema de la cultura cannabica, sus detenciones vulneran el Artículo 19:

“Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.”

Tanto en los casos de Matías como Pablo, que no tenían una condena en firme, su detención no implicaba ningún riesgo para el desarrollo de la labor del juez, ni había razón o elemento que conduzca a presuponer que los imputados vayan a eludir la justicia, con lo que incurría en una falta al Artículo 9:

“Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.”

El caso de Pablo vulneraría este artículo también porque el Juez invadió un fuero que no le pertenecía, y según el pedido de excarcelación de los abogados de Aguirre indica que el juez incurrió en actitudes que lo consignan como juez parcial y con animadversión por el acusado “tus abogados ya se equivocaron una vez, que no se equivoquen otra. Me voy tomar diez días para resolver la prisión morigerada y espero que no haya prensa” (http://es.scribd.com/doc/56171978/Solicitan-excarcelacion-y-recusan) lo que lesionaría el Artículo 10:

“Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.”



Incidencia política: objetivos y estrategias



Desde la Asociación Rosarina de Estudios Culturales (AREC), estamos llevando a cabo diferentes acciones tendientes a lograr cambios en la política de drogas y la aprobación de una nueva ley; es decir, hace años que tenemos un compromiso con la acción, sostenido a base de nuestras firmes certezas, experiencias e ideales.

Rosario tiene una larga historia de activismo cannábico, con la primer marcha por la despenalización de la marihuana realizada en Argentina en el 2002.

Desde 2006 algunos ciudadanos hoy integrantes de AREC, agrupados bajo denominaciones previas como Cogollos o Colectivo 3 M, realiza las marchas por la despenalización.

En 2010, y con la expectativa de lograr una personería jurídica, Cogollos decide formar la Asociación Civil Rosarina de Estudios Culturales (AREC). El objetivo es promover políticas de drogas que incluyan un abordaje desde la complejidad de la problemática que incluya el enfoque de reducción de daños, en respeto de los derechos humanos, así como el estudio de las propiedades de los cannabinoides como medicamento, difundir los usos industriales como fibra, alimento, combustible y sus derivados y realizar eventos socioculturales que involucren la valoración de las libertades individuales, la reflexión sobre las políticas de drogas actuales y la importancia del respeto al medio ambiente. AREC, además de mantener una fluída relación con otras asociaciones de reducción de daños y cannabicas, es referente de la provincia de Santa fe para la “Red Argentina Por los Derechos de los Usuarios de Drogas”(RADAUD-INADI).

Las acciones que AREC impulsa para lograr sus objetivos son educativas, por medio de cursos, artículos, proyecciones, charlas, etc, y de incidencia política por medio de la marcha por la despenalización que realizamos todos los años y el corriente llegó a convocar a 3000 personas al monumento a la bandera reclamando por cambios en la ley de drogas. También disertando en la Primera Audiencia Pública sobre Políticas de Drogas de las Comisiones de Derechos Humanos y Prevención del Narcotráfico de la Cámara de Diputados; participando del el primer (Río de Janeiro) y el segundo Encuentro Continental sobre Cannabis (México), en el marco de la Conferencia Latinoamericana sobre Políticas de Drogas, que organizan CUPIHD. También se han realizado numerosas conferencias y trabajos, entre ellos: curso “Siembra conocimiento, cosecha militancia”, disertación en el “V y VI Congreso de Salud Mental y Derechos Humanos: de la Universidad de Plaza de Mayo”; en el Primer Congreso Internacional, y Segundo Congreso Nacional de Psicología en la ciudad de Rosario; en la Facultad de Psicología de la Universidad Nacional de Córdoba y otros.

Además en función de procurar los objetivos de la asociación se han realizado y realizan intervenciones en medios radiales, televisivos y gráficos, canal 3, 5, 10 y 4, Página/12, La Capital, Crítica de la Argentina, HAZE, THC, Micropolíticas, Red TL, Gran Rosario, Radio Nacional y otros medios gráficos y audiovisuales.



           



Conclusiones



Este trabajo pretende presentar el tema del uso de sustancias tradicionales y como su uso, por pertenecer al acervo cultural de los pueblos, está protegido por el Artículo 18 de los estándares de derechos humanos, y que la prohibición de usar su potencial como herramientas terapéuticas vulnera el Artículo 25.

Pero no se pretende hacer una diferenciación por drogas tendiente a lograr leyes diferentes para drogas diferentes. Nos consta que la diferencia entre fármacos legales y drogas ilegales obedece a la historia y geopolítica y no a la farmacología, es decir, es cosa de instituciones y no de objetos. Y que legislar en función de decriminalizar determinados consumos va a dejar otros en la misma situación de vulneración de DDHH. Pero como dijimos, algunas sustancias controladas forman parte de tradiciones ancestrales que por su propia naturaleza preexisten cualquier tratado internacional, por ejemplo el coqueo o el consumo de ayahuasca, y les da una entidad simbólica diferente a otros consumos. Y que en su prohibición en particular anida cierta lógica inquisitorial moderna, donde la disidencia con la estructura en que estamos inmersos se considera herejía. Creo que la desarticulación de su prohibición es clave para lograr avances culturales importantes en relación a la interacción de los hombres con las sustancias en general y las normativas que la regulan.

Por otro lado adherimos al concepto griego de pharmakon, es decir, que una droga es un veneno o un fármaco dependiendo de la dosis ( situación clínica, patrones de uso, interacciones con otros consumos, etc).

Hay drogas muy tóxicas –como el alcohol y el tabaco, que producen alrededor de 9000 y 42000 muertes anuales en argentina respectivamente- y drogas muy poco tóxicas como el cannabis o la LSD, que nunca produjeron una muerte por intoxicación aguda. La evidencia nos muestra que si un usuario consume una droga dañina, las leyes prohibicionistas lo dañan mucho más. Es indiscutible hoy que los adictos –en especial a drogas tóxicas- deben tener acceso a la salud, y  no ser estigmatizados y criminalizados, aumentando la disrupción social, del mismo modo evitar la criminalización de los usuarios no problemáticos, y el ingente gasto improductivo de recursos del estado, que muchas organizaciones acusamos como verdadera malversación de fondos de estado.

Por otro lado creo que la urgencia hoy no son los riesgos posibles de las drogas ilegales sino los daños reales de las drogas legales. Es preocupante la falta de percepción de la sociedad sobre este hecho.

Pensamos que la reducción de daños en cannabis pasa escencialmente por un cambio en la ley de drogas, que en el caso de argentina derogue la tenencia simple y deje de criminalizar a los usuarios que es lo que realmente daña, habilitando el autocultivo como elemento, además, de desfinanciamiento del narcotráfico. Es imperativa la reglamentación de las asociaciones de cultivadores que cultiven comunitariamente y le resten ingresos al mercado negro y que mitiguen el deterioro social que producen las políticas de drogas vigentes.

También es interesante la idea del cannabis como “droga de salida”, que reemplace en medida de lo posible  drogas más tóxicas como la pasta base, el alcohol, el tabaco o incluso disminuya las muertes por abuso de analgésicos antiinflamatorios no esteroideos, cuyos efectos adversos matan alrededor de 1200 personas al año en Argentina. Para ello sería necesario implementar estructuras gubernamentales encargadas de la producción y dispendio de cannabis medicinal.

Los patrones de abuso o adicción a sustancias son un síntoma de un desajuste del sistema y su relación con el individuo; sus causas son la exclusión social, el desempleo, la desigual distribución de la riqueza, la polarización del poder, etc. Si bien debe ser resuelto de forma interdisciplinaria, con desarrollo social, trabajo, educación, salud, etc, el reemplazo de sustancias puede ser una opción que reduzca daños importantes.

Vale aclarar, en relación a la problemática del abuso de sustancias, que “No es saludable estar bien adaptado a una sociedad profundamente enferma“ (J. Krishnamurti). El sistema capitalista de mercado produce una realidad insustentable, profundamente desigual, cruel y destructiva. Somos una especie moribunda en un planeta moribundo, y es comprensible que esta coyuntura genere comportamientos autodestructivos. Es por eso que necesitamos de forma urgente nuevas perspectivas y nueva información, que nos permita superar esta etapa en nuestra evolución como especie. Los enteógenos aparecen como una herramienta para cuestionar la inevitabilidad del “malestar en la cultura”, proponiéndose como herramienta para superar el vacío de la existencia, poder mirarnos como colectivo de seres humanos, concientes de la vida y la muerte.

Vivimos una esquizofrenia legal que esta lesionando gravemente la trama social y vulnerando los derechos humanos. Las leyes de drogas hegemónicas se sustentan en una doble moral que criminaliza la pobreza que genera el mismo sistema y la disidencia para con su status quo que implica el uso de drogas. Pero ahora que esto es más visible que nunca –por los cambios en la ley de medios audiovisuales, disminución de la influencia de los factores de poder recesivos (como sectores ligados a la dictadura cívico militar, la iglesia, las oligarquías locales, etc), la actividad de nuevos actores políticos como las organizaciones sociales, la recuperación de la representatividad del gobierno democrático en Argentina y otros países del Cono Sur- es la oportunidad de cambiar la realidad, al menos localmente y porqué no en la patria grande Latinoamericana.







-Graciela Touzé, Argentina: ¿La reforma que viene?Serie reforma legislativa en materia de drogas no. 6 Julio de 2010

-Antonio Escohotado. Historia elemental de las drogas. Ed. Anagrama, Barcelona, 1996.

-Eugenio Zaffaroni, Antonio Escohotado, Silvia Inchaurraga y otros. Las drogas, entre el fracaso y los daños de la prohibición. Ed. CEADS-UNR/ARDA. Rosario 2003

-La reforma de las políticas de drogas Experiencias alternativas en Europa y Estados Unidos Tom Blickman / Martin Jelsma, revista Nueva Sociedad No 222,  julio-agosto de 2009, ISSN: 0251-3552, .

-Martín Hopenhayn Droga y Violencia: Fantasmas de la Nueva Metrópoli Latinoaméricana, Revista de la Universidad Bolivariana Volumen 1 Número 3 2002

-Martín Barriuso Alonso, Los Clubes Sociales de Cannabis en España Una alternativa normalizadora en marcha Serie reforma legislativa en materia de drogas No. 9 Enero 2011
- Declaración Universal de los Derechos Humanos.










[1] Este artículo se basa en el trabajo final para la aprobación del “Curso de Políticas de Drogas, VIH y Derechos Humanos” de Intercambios Asociación Civil, dictado entre febrero y abril de 2011. Fue corregido y aprobado por Paula Goltzman, que, a fin de sumar al debate, señaló dos tensiones en juego: 1) el riesgo de pensar una política de drogas “por drogas”, que genere más exclusión en el debate sobre las otras drogas relacionadas con mayor sufrimiento social o individual, en consecuencia estigmatizando aún más a sus consumidores 2) pasar por alto en el discurso antiprohibicionista la necesidad de hablar del riesgo de consumo de drogas, para poder disminuir los daños potenciales. Incluyo en esta versión algunas aclaraciones y profundizaciones al respecto porque coincido plenamente con la postura de la Lic. Golzman.


[2] El casamiento de la princesa de Holanda, la canonización de Juan Pablo Segundo y el asesinato de Bin Laden.


[3] Grob CS, Greer GR, et al., Pilot study of psilocybin treatment for anxiety in patients with advanced-stage cancer.  Arch Gen Psychiatry. 2011 Jan;68(1):71-8. Epub 2010 Sep 6. / Moreno FA, Wiegand CB, Taitano EK, Delgado PL., Safety, tolerability, and efficacy of psilocybin in 9 patients with obsessive-compulsive disorder. J Clin Psychiatry. 2006 Nov;67(11):1735-40.


[4] "Sustancias cuya ingestión altera la mente y provoca estados de posesión extática y chamánica. En griego, entheos significa literalmente "dios (theos) adentro", y es una palabra que se utilizaba para describir el estado en que uno se encuentra cuando está inspirado y poseído por el dios, que ha entrado en su cuerpo. Se aplicaba a los trances proféticos, la pasión erótica y la creación artística, así como a aquellos ritos religiosos en que los estados místicos eran experimentados a través de la ingestión de sustancias que eran transustanciales con la deidad. En combinación con la raíz gen-, que denota la acción de "devenir", esta palabra compone el término que estamos proponiendo: enteógeno. C.A.P. Ruck, J. Bigwood, J., D. Staples, R.G. Wasson y J. Ott, Journal of Psychedelic Drugs, vol. II, núms. 1 y 2, enero-junio 1979"

jueves, 1 de septiembre de 2011

Cannabis, asma y aparato respiratorio.

 
Pablo A. Ascolani

            El asma es una enfermedad muy común. Uno de cada 10 argentinos presenta algún síntoma. Representa entre el 1 y el 3 por ciento de todas las visitas al médico y produce más admisiones a hospitales de pediatría que cualquier otra enfermedad por si sola. [1]Cerca de 800 personas mueren anualmente debido a ataques agudos de asma.[2]
            Es una enfermedad de base inflamatoria, que cursa con hiperactividad bronquial y broncoespasmo. El tejido que recubre los bronquios y bronquiolos se inflama, se llena de flemas y aparece una tos crónica. Durante los ataques agudos los bronquiolos se estrechan impidiendo la respiración.
            Es multicausal, hay componentes de susceptibilidad genética, inmunológicos, ambientales y psicológicos. Estímulos inespecíficos como olores intensos, aire frío, contaminantes ambientales, ácaros, polvo, ejercicio o el pelo de animales puede desencadenar un ataque agudo.
            Los fármacos utilizados comúnmente son los corticoides para disminuir la inflamación y los agonistas B2 –como el salbutamol- para tratar los episodios agudos de broncoespasmo.[3] Los corticoides, usados con regularidad, pueden traer efectos secundarios como osteoporosis, disminución del crecimiento en niños, convulsiones o hemorragias. Los agonistas B2 pueden causar insomnio, náuseas, temblores y taquicardia; pero el riesgo más grande es que durante un episodio agudo dejen de hacer efecto por desensibilización de sus receptores por su uso continuado. Esto puede llevar al paciente a la muerte, por ello cualquier asmático que requiera utilizar más de dos veces por semana su inhalador debe consultar a su médico.


Broncodilatación y efecto antiinflamatorio de los cannabinoides

            Históricamente la marihuana se usaba en la medicina tradicional mejicana. Se introdujo en EE.UU en 1910, siendo el primer uso médico reconocido en el país del norte.
            Varios estudios han demostrado que el Tetrahidrocannabinol (THC) actúa como broncodilatador tanto en sujetos normales como en pacientes con asma bronquial crónica o con espasmos bronquiales inducidos de manera experimental, aunque en algunos casos pueden desencadenar también broncoespasmo. En general el THC aumenta el flujo de aire en sujetos sanos, y en pacientes asmáticos invierte la constricción bronquial. El mecanismo de acción es diferente al de otros broncodilatadores y podría sumarse o reemplazar a los B2 durante períodos de desensibilización a los mismos.
            De todas maneras, la marihuana puede no ser útil para el tratamiento broncodilatador periódico del asma por el efecto irritante del monóxido de carbono y alquitranes del humo. La administración oral, o el uso de vaporizadores eléctricos o de preparaciones como el Sativex, en forma de spray, evitarían los trastornos respiratorios que pudieran surgir de la administración fumada a largo plazo, pero manteniendo un perfil farmacocinético similar. La vía inhalatoria podría aportar mejoras terapéuticas en relación a la vía oral, no sólo por su mayor efecto local, sino por la menor psicoactividad resultante.
            Más allá del efecto agudo broncodilatador, los cannabinoides pueden ser de utilidad por su acción inmuno-moduladora, interviniendo en la causa de la enfermedad, su naturaleza inflamatoria. Modulan tanto función como secreción de citoquinas de células inmunológicas, siendo esta una nueva y prometedora vía para el tratamiento de esta enfermedad.[4] Esto explicaría el hecho de que muchos asmáticos dicen “haberse curado” consumiendo cannabis, aún en forma de cigarrillos.
            Finalmente no podemos dejar de lado el aspecto psicológico. El cannabis puede ayudar a aliviar trastornos anímicos que estén influyendo en el desarrollo de la enfermedad, sobre todo en las asmas psicógenas. ¿Y si el enfermo es un niño? Como dijo un médico amigo; si le dan cannabis a la madre seguro va a aliviar el asma del hijo.

Efectos sobre la función respiratoria.

El cannabis fumado produce alteraciones histológicas en el sistema respiratorio. Inflama las vías aéreas hipertrofiando las glándulas mucosas y generando alteraciones epiteliales, predisponiendo a bronquitis crónica. Esta se diagnostica si el paciente padece tos y expectoración tres meses al año por dos años consecutivos. Pero curiosamente, estudios científicos muestran que no produce una disminución acelerada del FEV1 (Volumen espiratorio forzado en el primer segundo; es una medida espirométrica que da cuenta del nivel de obstrucción al flujo aéreo) en comparación con el no fumador, a diferencia de la caída acelerada del FEV1 producida por el tabaco.[5] Un estudio del 2009 confirma estos hallazgos; fumar marihuana no aumenta el riesgo de EPOC, aunque si aumenta el daño que produce el tabaco, de manera que se desaconseja el consumo de ambas sustancias.[6] El hecho de que el consumo de cannabis no produzca EPOC posiblemente se deba a la acción inhibitoria de los cannabinoides sobre la síntesis de citoquinas inflamatorias y factores de crecimiento de parte de los leucocitos. En el caso del tabaco la síntesis es inducida, lo que lleva a la hipertrofia de la capa muscular lisa de los bronquíolos, con la consiguiente disminución del flujo aéreo. En definitiva, el cannabis si causa tos y aumento de la expectoración, pero no produce un compromiso del flujo aéreo superior al no fumador, a diferencia del tabaco que lo disminuye notablemente, predisponiendo a EPOC. El cannabis no produce enfisema ni estrechamiento de los bronquíolos, pero parece agravar los daños que produce el tabaco –en los fumadores de tabaco y cannabis-, posiblemente por algún efecto de sensibilización producido por los cannabinoides.

Efectos anticancerígenos

El humo del cannabis carga los pulmones con una cantidad de alquitrán y monóxido de carbono tres y cinco veces superior que el humo del tabaco. De todas maneras, epidemiológicamente no hay un aumento de la incidencia de cáncer de pulmón o enfisema en fumadores sólo de marihuana. Esto se debe a varios efectos específicos de la nicotina que no tienen, o cuya acción antagonizan, los cannabinoides.[7] El tabaco induce una enzima que transforma los pro carcinógenos del humo en carcinógenos, mientras que el cannabis produce un efecto opuesto. Por otro lado la nicotina prolonga la vida de las células de las vías aéreas, creando un panorama favorable para el cáncer. Hay dos estudios sobre la relación cannabis-cáncer de pulmón (uno realizado por D. Tashkin y patrocinado por el NIDA), ambos fallaron en encontrar una relación causal; y en uno de ellos el cannabis pareció poseer cierta acción protectiva frente al cáncer de pulmón. [8] [9]También existe un estudio poblacional extenso que indica que el fumar cannabis disminuye la incidencia de cáncer de células escamosas de cabeza y cuello.[10]

Conclusiones

En base a lo revisado, solo los que han padecido la enfermedad y han sanado, aliviado o mejorado gracias a los cannabinoides, pueden aconsejar a otros asmáticos el consumo del cannabis. La medicina moderna debería invertir tiempo en seguir investigando la verdad sobre la relación de alivio y cura del asma cuando intervienen cannabinoides en cualquiera de sus formas de administración.
El efecto en general del cannabis sobre el aparato respiratorio parece el mundo cabeza abajo si lo comparamos con el efecto del tabaco –principal causa de muerte y enfermedad evitable de la actualidad-. Que sirva esta revisión para seguir desmitificando esta hierba de propiedades únicas.




[1] - Maximiliano Gómez, Epidemiología del asma en Argentina, Archivos De Alergia E Inmunologia Clinica 2006
[2] - Sivori M. L., Saenz C. B., Posse C. R., Mortalidad por Asma y Epoc en Argentina, Medicina (Buenos Aires) 2001.
[3] - Goodman y Gilman, Las bases farmacológicas de la terapéutica, Undécima edición, Mc Graw Hill, 2006.
[4] - Croxford JL, Yamamura T, Cannabinoids and the immune system: potential for the treatment of inflammatory diseases? Journal of Neuroimmunology sep 2005.
[5] DP Tashkin, MS Simmons, DL Sherrill and AH Coulson, Heavy habitual marijuana smoking does not cause an accelerated decline in FEV1 with age, Am. J. Respir. Crit. Care Med., Vol 155, No. 1, 01 1997, 141-148.
[6] Tan WC, Lo C, Jong A et al. Marijuana and chronic obstructive lung disease: a populationbased study. CMAJ. 2009;180:814-820.
[7] Robert Melamede,  Cannabis and Tobacco Smoke are not Equally Carcinogenic, Harm Reduction Journal Oct 2005.
[8] Tashkin, Donald P. et al. Marijuana Use and Lung Cancer: Results of a Case-Control Study, International Conference of the American Thoracic Society 2006.
[9] Hashibe M, Morgenstern H, Cui Y, et al. Marijuana use and the risk of lung and upper
aerodigestive tract cancers: results of a population-based case-control study. Cancer
Epidemiolo Biomarkers Prev. 2006;15:1829-1834.
[10] Liang C, McClean MD, Marsit C et al. A population-based case-control study of marijuana
use and head and neck squamous cell carcinoma. Cancer Prev Res. 2009;2:759-768.

miércoles, 6 de julio de 2011

Crítica al artículo de Gabriel Genri “La Marihuana cura el Cáncer, dice documentalista inglés”

Pablo A. Ascolani



Queremos aclarar que con crítica nos referimos a un recorrido y no a una valoración peyorativa. De hecho nos parece interesante el planteo. Aplaudimos el debate en base a datos científicos y argumentos racionales, y no los insultos y violencia física que lamentablemente acostumbran los prohibicionistas (a falta de argumentos).

Otra aclaración es que la Asociación Rosarina de Estudios Culturales (AREC) no está “a cargo” mío, sino que formo parte de la Comisión Directiva en calidad de Secretario.

Finalmente vale también aclarar, que las características farmacológicas y epidemiológicas del cannabis no tienen que ver directamente con la despenalización. Los proyectos de ley actuales descriminalizan el consumo de todas las sustancias. Esto se basa en la lógica de que cuanto más tóxica sea una droga peor daño hace la prohibición, ya que al daño que produce el tóxico se le suma el daño que produce la ley en el consumidor (la estigmatización, encarcelamiento). Excede el fin de esta nota el debate de aspectos políticos y legales.

Hecha las aclaraciones vamos al tema que nos compete.

Ud. cita un estudio, "Revisión Sistemática de la Asociación entre fumar Marihuana y el Cáncer de Pulmón". Vale la pena transcribir sus resultados completos, con la parte que Ud. no transcribió. Trascribe en la nota periodística: “una asociación del hábito de fumar marihuana con un aumento de la exposición al alquitrán, una disfunción tumoricida en los macrófagos alveolares, un aumento del estrés oxidativo y anormalidades histopatológicas en la mucosa bronquial, en comparación con los fumadores de tabaco o con los grupos de control de no fumadores". Ud. corta aquí, obviando –casualmente queremos creer- lo que viene a continuación que no es trascrito en su nota “LOS ESTUDIOS OBSERVACIONALES DE SUJETOS EXPUESTOS A LA MARIHUANA FALLARON EN DEMOSTRAR ASOCIACIÓN ENTRE FUMAR MARIHUANA Y EL CÁNCER DE PULMON DESPUES DEL AJUSTE DEL USO DE TABACO.” Y la misma revisión más adelante dice textualmente en el apartado sobre “Marihuana fumada y cáncer de pulmón (…) Estos estudios no pudieron demostrar relación entre fumar marihuana y el diagnóstico de cáncer de pulmón” Es como mínimo curioso que lo que dice realmente el estudio que Ud. dice citar, es opuesto al título que Ud. trascribe, “La marihuana puede producir cáncer”

¿Pero si el humo de la marihuana carga los pulmones con alquitrán y monóxido de carbono tres y cinco veces superior que el humo del tabaco, y genera alteraciones histológicas y citológicas, porque en los estudios poblacionales no hay relación positiva entre cáncer de pulmón y fumadores sólo de marihuana?

Hay amplia evidencia que los cannabinoides botánicos, endógenos o sintéticos son anticancerígenos, es decir tienen la capacidad de provocar la apoptosis de las células tumorales, inhibir su angiogénesis y abortar su reproducción, sin afectar las células normales , , , .

Además hay varios efectos específicos sobre la actividad celular de la nicotina que no tienen, o cuya acción antagonizan los cannabinoides. Puntualmente el tabaco induce una enzima que transforma los pro-carcinógenos del humo en carcinógenos, mientras que el cannabis produce un efecto opuesto (el CYP IA1) Por otro lado la nicotina prolonga la vida de las células de las vías aéreas, creando un panorama favorable para el cáncer.

Los estudios poblacionales sobre la relación cannabis-cáncer de pulmón ( uno realizado por D. Tashkin y patrocinado por el NIDA), fallaron en encontrar una relación causal; y en uno de ellos de hecho el cannabis pareció poseer cierta acción protectiva frente al cáncer de pulmón. También hay también un estudio poblacional caso-control extenso que indica que el fumar cannabis disminuye de manera estadísticamente significativa la incidencia de cáncer de células escamosas de cabeza y cuello, o sea que fumar marihuana tiene un tipo de actividad protectiva contra este tipo de cáncer.

En relación a los viejos estudios de Tashkin que Ud. incluye, eran estudios preclínicos, que detectaban tal o cual alteración histológica o citológica, que sugería que podría producir cáncer. Pero posteriormente esto nunca se confirmó en los estudios poblacionales (incluyendo los realizados por él) que demostraron que fumar marihuana a) no producía EPOC b) no producía cáncer, como revisamos previamente. Basten las palabras textuales de junio de 2009 del mismo Tashkin, que hizo estos viejos estudios que Ud. trae a cuenta, y muchos otros, experto de la UCLA, que estudió los efectos de la marihuana sobre el pulmón durante treinta años, autor del estudio de caso control de fumadores de marihuana más extenso hecho hasta el momento y patrocinado por el NIDA “Tempranamente, cuando en nuestras investigaciones sugerían que podría haber un impacto negativo en la salud del pulmón, estaba opuesto a la legalización porque pensaba que llevaría a un incremento del uso y que eso llevaría a efectos en la salud incrementados. Pero en este punto, estoy a favor de la legalización. No le sugeriría a nadie que fume ninguna sustancia. Pero no creo que debería ser estigmatizada como una sustancia ilegal. El tabaco causa mucho mas daño. Y en términos de su toxicidad, el alcohol causa mucho mas daño”.

El efecto en general del cannabis sobre el aparato respiratorio parece el mundo cabeza abajo si lo comparamos con el efecto del tabaco –principal causa de muerte y enfermedad evitable de la actualidad-. Que sirva esta revisión para seguir desmitificando la epidemiología del uso de esta planta, que por otro lado, cada día demuestra nuevos y notables potenciales para su uso terapéutico.


Munson AE, Harris LS, Friedman MA, Dewey WL, Carchman RA: Antineoplastic activity of cannabinoids. J Natl Cancer Inst. 1975.


Guzman M et al, Inhibition of glioma growth in vivo by selective activation of the CB(2) cannabinoid receptor. Cancer Res. 2001

Guzman M et al, Inhibition of skin tumor growth and angiogenesis in vivo by activation of cannabinoid receptors. J Clin Invest. 2003

Nagarkatti M et al: Targeting CB2 cannabinoid receptors as a novel therapy to treat

malignant lymphoblastic disease. Blood. 2002

Robert Melamede, Cannabis and Tobacco Smoke are not Equally Carcinogenic, Harm Reduction Journal Oct 2005.

Tashkin, Donald P. et al. Marijuana Use and Lung Cancer: Results of a Case-Control Study, International Conference of the American Thoracic Society 2006.

Hashibe M, Morgenstern H, Cui Y, et al. Marijuana use and the risk of lung and upper

aerodigestive tract cancers: results of a population-based case-control study. Cancer

Epidemiolo Biomarkers Prev. 2006;15:1829-1834.

Liang C, McClean MD, Marsit C et al. A population-based case-control study of marijuana

use and head and neck squamous cell carcinoma. Cancer Prev Res. 2009;2:759-768.